¿Qué es Acogimiento Familiar Temporal?

El Acogimiento Familiar Temporal es una medida alternativa de protección, la cual se ejecuta con el objetivo de proveer un entorno familiar seguro y afectuoso de manera temporal a los niños, niñas y adolescentes que ingresan al Sistema de Protección y Abrigo o que se encuentran bajo la tutela del Estado a través de hogares públicos y privados, durante su proceso de protección.

¿Qué es una Familia de Acogimiento Temporal?

Es la que de forma TEMPORAL cuida y protege a un niño, niña o adolescente que por diversas razones se encuentra separado de su entorno familiar.

Fortalecemos y ejecutamos el Programa de Acogimiento Familiar Temporal

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Buckner Guatemala es una organización afiliada a Buckner Internacional, la cual cuenta con más de 60 años de experiencia en el tema de Acogimiento Familiar Temporal. Por lo tanto, Buckner Guatemala promueve el Acogimiento Familiar Temporal con el propósito principal de cambiar la vida de niños, niñas y adolescentes vulnerables, velando por su debida protección temporal en un entorno familiar, para contribuir posteriormente, al proceso oportuno de reintegración a un núcleo familiar adecuado de manera permanente.

En Guatemala, Buckner Guatemala se ha posicionado como una organización legalmente certificada por la Secretaría de Bienestar Social de la República para fortalecer y ejecutar el Programa de Acogimiento Familiar Temporal (Familias Sustitutas).

A través del Programa de Acogimiento Familiar Temporal de Buckner Guatemala, el equipo profesional multidisciplinario atiende a familias que deseen formar parte del programa como familias de acogimiento temporal, fundamentando el quehacer del programa en altos estándares de servicio.

Con base en la metodología del programa, el equipo profesional atiende a las familias de acogimiento temporal en las etapas de orientación, evaluación, capacitación y acompañamiento en CADA ETAPA DEL PROCESO.

Nuestra meta como organización es que, a través del Programa de Acogimiento Familiar Temporal los niños, niñas y adolescentes encuentren saneamiento por medio de las familias de acogimiento temporal; y simultáneamente, que toda familia que participe en el programa viva el amor de Dios a través de la experiencia del Acogimiento Familiar Temporal.

Distintos estudios han demostrado que períodos largos en una institución de cuidado y protección produce serios daños en el desarrollo positivo y el bienestar integral de los niños, niñas y adolescentes, aumentando el grado de vulnerabilidad sobre todo en la niñez de primera infancia. Una regla general, que ha sido señalada es, que por cada tres meses que un niño de corta edad reside en una institución, pierde un mes de desarrollo. (Palummo, 2012)

La evidencia empírica y estudios científicos son terminantes al exponer los efectos negativos de la institucionalización en los niños. De acuerdo al Informe mundial sobre la violencia contra niños y niñas, la violencia en las instituciones es seis veces más frecuente y los niños institucionalizados tienen una probabilidad casi cuatro veces mayor de sufrir abuso sexual que aquellos que tienen acceso a alternativas de protección basadas en la familia. (Pnheiro, 2006)

“Atender a los huérfanos y a las viudas en sus aflicciones.” -Santiago 1:27

Buckner Guatemala, reconoce las consecuencias y el impacto negativo que conlleva la institucionalización en los niños y niñas. Por tanto, en respuesta al llamado que hace Santiago 1:27 y reconociendo el papel preponderante que la familia, como grupo fundamental en la sociedad, representa para el crecimiento, bienestar y protección de la niñez, Buckner Guatemala a través del Programa de Permanencia para la Niñez en Recurso Familiar promueve el cuidado de la niñez en estado de desprotección, por medio de modelos de acogimiento en un entorno familiar seguro y afectuoso de manera temporal o permanentemente.

Con base en el Artículo 18 de la Ley de Protección Integral de la Niñez y Adolescencia, todo niño, niña y adolescente tiene derecho a ser criado en el seno de su familia; sin embargo, al fallar la familia como Sistema Primario de Protección, es fundamental que el Estado adopte medidas que garanticen la oportuna restitución de derechos y velen por el interés superior de la niñez y adolescencia en situación de vulneración.

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